Entre los principales puntos, el proyecto reafirma el derecho a las vacaciones pagas, pero habilita acuerdos individuales o colectivos para extender o fraccionar los períodos, siempre respetando los mínimos legales. También se contempla la posibilidad de acumular días en casos excepcionales, con autorización de la autoridad de aplicación.
En materia de jornada laboral, se introduce la figura del banco de horas, que permitirá compensar días de mayor carga con otros de menor intensidad, siempre dentro de los límites legales. Las convenciones colectivas podrán definir regímenes adaptados a cada actividad, respetando descansos mínimos de 12 horas entre jornadas y 35 horas semanales.
Uno de los capítulos más sensibles es el de indemnizaciones y despidos. El proyecto habilita reemplazar la indemnización tradicional por fondos o seguros sectoriales de cese laboral, financiados por aportes mensuales de los empleadores. La iniciativa busca aliviar a las pymes y dar previsibilidad a los trabajadores. Además, se precisan los conceptos que integran la base de cálculo y se establecen nuevas reglas para despidos con y sin causa, incluyendo notificaciones electrónicas y derecho a defensa judicial.
El borrador también regula las remuneraciones, incorporando sumas fijas y variables, digitalizando recibos y documentación laboral, y excluyendo ciertos pagos extraordinarios del cálculo salarial. En cuanto a enfermedades y ausencias, se habilita el uso de certificados médicos digitales y se tipifican las acciones consideradas abandono de trabajo, con plazos más cortos que la legislación vigente.