Con respecto a Gordillo, la Fiscalía decidió sumar a la imputación el agravante de haber actuado para favorecerse económicamente. En ese sentido, la calificación legal en su contra queda enmarcada en el delito de encubrimiento por favorecimiento personal y real triplemente agravado por ser el hecho precedente especialmente grave, por actuar con ánimo de lucro y por ser funcionaria pública.
“En el despliegue de encubrimiento, Gordillo actuó movida no solo por la relación sentimental que tenía con Sosa, sino también con el propósito de obtener para sí misma y para él un beneficio patrimonial”, manifestó el titular de la Unidad Fiscal, que –entre otros argumentos– precisó que “dos días después del hecho, Sosa le concedió a Gordillo poderes económicos prácticamente absolutos sobre sus tres empresas”.
Todo lo solicitado por el Ministerio Fiscal contó con la adhesión de la querella. Por su parte, ambas defensas técnicas se opusieron a las respectivas reformulaciones de cargos. Finalmente, la jueza interviniente resolvió hacer lugar a todo lo planteado por la parte acusatoria.