La normativa vigente establece que ningún inversor extranjero puede poseer más del 15% de las tierras rurales a nivel nacional, provincial o municipal, ni superar el 30% por nacionalidad, y fija un límite de 1.000 hectáreas en zona núcleo por titular. El proyecto oficial elimina esas restricciones y solo mantiene la prohibición para Estados extranjeros y empresas públicas, con excepciones autorizadas por el Poder Ejecutivo.
El dictamen aprobado en el Senado otorga a los gobernadores la facultad de autorizar, regular o vetar las ventas de parcelas a extranjeros en sus jurisdicciones. Sin embargo, persisten objeciones sobre si se fijarán límites y si el Estado nacional conservará control en áreas estratégicas.
Con esta reunión, el Gobierno busca cerrar un texto definitivo que permita avanzar en la sesión del 6 de agosto, evitando nuevas modificaciones en el recinto.