El límite máximo de ingresos brutos pasa de $82,3 millones a cerca de $95 millones anuales, tanto para actividades de comercio como de servicios. En la categoría A, el tope se eleva de $7,8 millones a unos $9 millones, y la cuota mensual sube de $32.221 a más de $37.000. En la categoría B, el ingreso permitido pasa de $11,4 millones a $13 millones, con una cuota que supera los $42.000.
En el extremo superior, la categoría K tendrá un nuevo límite de facturación de $95 millones, con cuotas mensuales estimadas en $1,2 millones para servicios y $520.000 para comercio.
Además de los ingresos, se actualizan otros parámetros como:
- El valor máximo por unidad vendida, que rondará los $536.000 a $541.000.
- El monto anual de alquileres devengados, que en la categoría más alta no podrá superar los $6,3 millones.
La recategorización obligatoria debe realizarse entre el 15 de julio y el 5 de agosto, considerando la facturación entre julio de 2024 y junio de 2025. El trámite puede hacerse desde la web o la app de ARCA, con un sistema simplificado que precarga los datos para quienes tienen más de 12 meses en el régimen.