En los casos de excepcionalidad, se establece una relación de dos bajas por cada alta. Las bajas computables incluyen renuncias, jubilaciones, desvinculaciones o finalización de contratos ocurridas durante 2026, aunque no se contabilizan las producidas por planes de retiro voluntario o acuerdos de desvinculación.
Además, cada incorporación deberá contar con la validación previa de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, lo que refuerza el control sobre el ingreso de personal.